Reforma a la Ley General de la Industria Eléctrica, 2-2022 | Decreto | Congreso Nacional
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Reforma a la Ley General de la Industria Eléctrica, 2-2022

Congreso Nacional

Decreto

11.Febrero.2022

Gaceta No. 35,846

 AdministrativoGacetaDecretoEnergíaSubsidios
Modificar el párrafo quinto del Artículo 18 de la LEY GENERAL DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA, contenida en el Decreto No. 404-2013 que actualmente establece: “Las tarifas no deberán cargar a una categoría de usuarios, costos atribuibles a otra categoría. Cuando el Estado decida subsidiar a los consumidores de bajos ingresos, deberá hacerlo sin alterar las tarifas y sin afectar las finanzas del subsector eléctrico.” El párrafo quinto del Artículo 18 de la LEY GENERAL DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA, deberá leerse de la siguiente forma: “Cuando el Estado decida subsidiar a los consumidores de bajos ingresos, deberá hacerlo sin afectar las finanzas del subsector eléctrico pudiendo para ello cargar a una categoría de usuarios, costos atribuibles a otra categoría.”