Amnistía Vehicular, 15-2022 | Decreto | Congreso Nacional
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Amnistía Vehicular, 15-2022

Congreso Nacional

Decreto

04.Abril.2022

Gaceta No. 35,890

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Se autoriza para que por un período de 1 año a partir de la vigencia del presente Decreto, se permita la importación, nacionalización y registro de los vehículos con o sin placas de otros países, sin importar el origen, del tipo de vehículo o de la antigüedad del mismo. Para tal fin, en el caso de los vehículos del año 2005 para atras, será necesario realizar el pago único de DIEZ MIL LEMPIRAS (L.10,000.00). Los vehículos del año 2006 en adelante pagarán conforme al régimen impositivo vigente, debiendo pagar de forma normal la matrícula y la tasa municipal, según el domicilio de su propietario.